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En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 29571 (Código de Defensa y Protección al Consumidor), así como en el Decreto Supremo N° 0011-2011-PCM y sus modificatorias, este establecimiento cuenta con un Libro de Reclamaciones Virtual a su disposición.
*En caso sea menor de edad
Reclamo: Disconformidad relacionada a los productos o servicios. Queja: Disconformidad no relacionada a los productos o servicios; o, malestar o descontento respecto a la atención al público.
Al ser un reclamo virtual, su caso será derivado al área correspondiente. El proveedor debe responder en un plazo no mayor a 15 días hábiles.
* La formulación del reclamo no impide acudir a otras vías de solución de controversias ni es requisito previo para interponer una denuncia ante el INDECOPI. * En caso el consumidor no consigne como mínimo su nombre, DNI, domicilio o correo electrónico, fecha del reclamo o queja y el detalle del mismo, el reclamo o queja se deberá considerar como no presentado. * El proveedor deberá dar respuesta al reclamo en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles.